Crónica Valencia.

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Consell destina 102 millones en ayudas para bienes esenciales en diciembre.

Consell destina 102 millones en ayudas para bienes esenciales en diciembre.

VALÈNCIA, 4 de diciembre.

En una decisión que refleja la necesidad de actuar con rapidez ante la situación de muchos ciudadanos, el pleno extraordinario del Consell ha aprobado recientemente una modificación del Decreto 163/2024, el cual se centra en la concesión directa de ayudas urgentes. Estas ayudas están destinadas a mitigar la pérdida de bienes esenciales sufrida por muchas personas tras la dana ocurrida el 29 de octubre.

Con esta modificación, se busca no solo ampliar el plazo para la presentación de solicitudes, sino también redistribuir el presupuesto global asignado. En total, se incrementará la consignación a 102 millones de euros para el año 2024, lo que permitirá una gestión más eficiente de los recursos y asegurará que las ayudas lleguen a quienes más lo necesitan en el menor tiempo posible.

En el plan original, se contemplaba la distribución de 200 millones de euros entre 60 millones a ser entregados antes de finalizar el año y el resto durante el próximo ejercicio. Sin embargo, la nueva estrategia permitirá destinar hasta 102 millones en diciembre y los 98 millones restantes se distribuyen en 2025, garantizando así una atención más urgente y efectiva a las víctimas.

Además de estos cambios, el nuevo marco legal amplía el plazo máximo para que los afectados presenten sus solicitudes de ayuda. Este plazo se extiende del 16 de diciembre al 2 de enero, mientras que para los municipios que se añadieron posteriormente será hasta el 20 de enero. Entre estos municipios se encuentran Carcaixent, Castelló, Chulilla, L'Ènova, Manuel, Millares, La Pobla Llarga, Rafelguaraf, Senyera y Tous.

Por otra parte, se incorpora un nuevo artículo que otorga al órgano gestor de las ayudas la facultad de realizar verificaciones y comprobaciones de datos. Esta medida, diseñada para aumentar la eficiencia en la tramitación de las ayudas y prevenir el fraude, autoriza al órgano competente a acceder a información sobre identificación, catastro, residencia y otra data necesaria para determinar el grado de afectación de las viviendas y la titularidad de las cuentas bancarias.

Finalmente, se le confiere al órgano gestor la capacidad de llevar a cabo las comprobaciones imprescindibles para asegurarse de la veracidad de los datos proporcionados por los solicitantes. Estas verificaciones se realizarán siempre teniendo en cuenta el derecho de oposición, conforme a lo estipulado en la normativa de protección de datos que figura en el formulario de solicitud de ayudas.