VALÈNCIA, 30 de diciembre.
Este lunes, el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado un decreto del Consell que establece los criterios para la prórroga automática de los presupuestos de la Generalitat correspondientes al año 2024, hasta que se pongan en marcha los presupuestos para el año 2025.
El decreto fue aprobado en el pleno del Consell el pasado lunes, y en la rueda de prensa posterior, la portavoz y vicepresidenta primera, Susana Camarero, quien también se desempeña como consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, afirmó que esta prórroga es una medida "técnica" debido a que no se ha llevado a cabo el debate sobre los nuevos presupuestos antes de que finalizara el año. Camarero destacó que se garantiza la disponibilidad de los fondos necesarios para llevar a cabo la recuperación tras los daños causado por la dana.
La consellera añadió que, aunque se mantienen "todas las posibilidades abiertas", el objetivo del gobierno valenciano es poder aprobar el presupuesto de 2025. Para ello, se programarán reuniones en enero entre el Consell y los grupos parlamentarios para trabajar en las nuevas cuentas.
Este decreto, que entrará en vigor el 1 de enero, permanecerá vigente hasta que se publique el nuevo presupuesto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
El preámbulo del decreto subraya que las "terribles" consecuencias de la dana para los ciudadanos, además de afectar al territorio, la economía y los servicios públicos, han incidido de manera inmediata en la actividad financiera de la Generalitat, alterando sus prioridades y objetivos inmediatos. Se indica que una de las primeras decisiones tomadas fue retrasar la presentación de los Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025, que estaban programados para esa misma semana.
De acuerdo con el artículo 35 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, que regula la hacienda pública de la Generalitat, si los nuevos presupuestos no son aprobados por Les Corts antes del inicio del ejercicio económico, se entenderá que el presupuesto anterior se prorroga hasta la aprobación del nuevo, publicándose en el DOGV.
El propósito principal del decreto es establecer los criterios que regirán la prórroga del presupuesto de 2024 y garantizar la operativa financiera de la Generalitat en este periodo, asegurando así el adecuado funcionamiento de los servicios públicos que dependen de ella.
La normativa comprende un total de ocho artículos y dos disposiciones finales que abarcan aspectos cruciales de la actividad financiera, tales como el marco subjetivo, los criterios generales de la prórroga y de la ejecución presupuestaria, así como las normativas sobre la incorporación de remanentes y modificaciones presupuestarias necesarias para la conclusión de la prórroga y, de ser necesario, para la apertura del nuevo presupuesto.
Durante el periodo de prórroga, se aplicarán las disposiciones de la Ley 8/2023 de la Generalitat, realizando las adecuaciones temporales pertinentes. Esto implica que las disposiciones relacionadas con los créditos prorrogados también se extenderán.
Es importante señalar que los estados de gastos e ingresos prorrogados no podrán exceder los importes inicialmente aprobados en la Ley 8/2023, y que el presupuesto prorrogado se deberá ajustar a la estructura orgánica y económica vigente a partir del 1 de enero de 2025. Además, los créditos destinados a programas que hayan finalizado en 2024 no se prorrogarán, independientemente del capítulo de gastos al que pertenezcan.
Los créditos vinculados a subvenciones nominativas no conservarán esta condición, a menos que tengan una naturaleza plurianual y dotación específica para 2025. Por otro lado, todos los créditos relacionados con modificaciones que se extiendan al ejercicio 2025 serán prorrogados.
Se prorrogarán igualmente los créditos del Capítulo I que sean necesarios para atender las obligaciones económicas adquiridas hasta el 31 de diciembre de 2024, que tengan repercusión en el año 2025, así como el crédito necesario para cumplir con compromisos en materia de personal temporal o sustituto esencial.
Los créditos destinados al pago de intereses y capital de deudas reconocidas también serán prorrogados según los compromisos existentes. Los gastos financiados con ingresos específicos se extenderán al importe ajustado del presupuesto de 2025 según la administración correspondiente, sin que supere el crédito inicial del 2024.
Todos los créditos que se prorrogan deberán estar conectados al funcionamiento normal de la Generalitat y a la atención de las necesidades de los ciudadanos de la Comunitat Valenciana.
En el periodo de prórroga, la incorporación de remanentes con financiación afectada deberá concurrir con las especificaciones dispuestas en la disposición adicional novena del Decreto ley 11/2024 del Consell, que adopta medidas administrativas y económicas para responder a las consecuencias de la dana, así como en la disposición adicional cuadragésima de la Ley 8/2023.
La ejecución del presupuesto prorrogado se debe llevar a cabo de manera coherente con los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Para ello, la Conselleria de Hacienda podrá tomar las medidas que sean necesarias, conforme a lo establecido en los artículos 56 y 57 de la Ley 1/2015 y el artículo 3 del Decreto ley 11/2024.
Además, las obligaciones derivadas de compromisos de gasto adquiridos en 2024, así como los compromisos de gasto plurianual y los expedientes de tramitación anticipada estarán incluidos en el crédito inicial prorrogado.
Cuando en aquellas aplicaciones presupuestarias los créditos prorrogados fueran inferiores a los compromisos contraídos, se deberán tramitar las modificaciones presupuestarias necesarias a solicitud de la conselleria competente.
El sector público instrumental tendrá que ajustar la ejecución de sus presupuestos de gastos en función de los ingresos que reciba de diferentes consellerias o secciones presupuestarias desde las que se financian, así como de sus propios ingresos, si los tuviera.
Las modificaciones de crédito se ajustarán a lo que disponen la Ley 1/2015, la Ley 8/2023, el Decreto ley 6/2021 y el Decreto ley 11/2024.
Finalmente, la Conselleria de Hacienda tendrá la capacidad para autorizar las modificaciones técnicas necesarias como resultado de reorganizaciones administrativas, así como para la generación de créditos derivados de un aumento en la recaudación o el reconocimiento de derechos sobre ingresos, sean estos previstos o no, incluidos los procedentes del sistema de financiación y los relacionados con los daños ocasionados por la dana sufrida en octubre de 2024 en la Comunidad Valenciana.
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