El juez cierra caso contra Diana Morant por su manejo de desahucio en Gandia al descartar prevaricación.
VALÈNCIA, 20 Dic.
El Juzgado de Instrucción número 3 de Gandia, en la provincia de Valencia, ha decidido archivar las investigaciones relacionadas con una denuncia presentada contra la entonces alcaldesa de la ciudad y actual ministra de Ciencia y Universidades, Diana Morant, así como contra el actual alcalde, José Manuel Prieto, y una letrada del Ayuntamiento. Esta denuncia, que se remontaba a 2015, cuestionaba la adecuación de sus actuaciones en un caso de desahucio que afectó a una familia. El juez ha determinado que no existen pruebas suficientes para acusarlos de prevaricación administrativa, tal como alegaba el exalcalde del Partido Popular, Arturo Torró.
Los hechos que motivaron la denuncia se produjeron hace nueve años, cuando Morant se identificó públicamente con una manifestación en contra del desahucio de una vecina y su familia, quienes residían en un edificio ocupado en la calle Perú, 57, de la localidad. La empresa Inmobles Reunits Catarroja era la responsable de la construcción de dicho inmueble.
Arturo Torró, quien ocupó la alcaldía de Gandia entre 2011 y 2015, presentó acusaciones de prevaricación, fraude contra la administración, tráfico de influencias y malversación de fondos públicos, argumentando que los denunciados habían promovido el aumento de ocupaciones en el edificio y el deterioro de la edificación.
No obstante, en un auto firmado el 25 de octubre y al que tuvo acceso Europa Press, el juez declara que "no se observan elementos suficientes en la conducta de los denunciados que permitan encuadrar los hechos dentro del delito de prevaricación administrativa". En su argumentación, el magistrado menciona la conflictividad en la concesión de obras y resalta que la decisión de no seguir adelante con acciones legales se apoya en un informe de los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Gandia.
Además, el juez afirma que la sentencia que anuló parte de la resolución del Ayuntamiento no obliga a este último a realizar ninguna obra costosa, y que no existen condenas que requieran compensar a Inmobles Reunits de Catarroja por los hechos denunciados.
La referida compañía había exigido una indemnización por la actuación de la exalcaldesa al instar el rescate de la concesión, pero esta petición fue desestimada. El tribunal también confirmó que el rechazo a la solicitud de rescate era legal y que la responsabilidad que pudiera surgir se debía a acciones extracontractuales y no a un contrato formal.
El auto aclara que cualquier acción relacionada con la responsabilidad patrimonial debe fundamentarse en una declaración previa de responsabilidad, la cual no se ha producido en este caso; y, además, que el plazo para presentar tal responsabilidad ya ha prescrito, dado que las normativas marcan un plazo de un año para ello.
En lo que respecta a los otros delitos mencionados en la denuncia, como la malversación de caudales públicos y el tráfico de influencias, se concluye que no hay pruebas que demuestren la implicación de Morant, Prieto o la abogada del Ayuntamiento.
Por último, el juez indica que, si se considerara que la participación de Morant en la manifestación podría encuadrarse en los delitos previstos en el Código Penal, estos también estarían sujetos a la prescripción de los plazos pertinentes. Así, se decreta el sobreseimiento provisional de las actuaciones, siendo esta una resolución susceptible de recurso.
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