Crónica Valencia.

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El Síndic abre investigación sobre el Servicio de Atención al Paciente de Sanidad

El Síndic abre investigación sobre el Servicio de Atención al Paciente de Sanidad

La Conselleria de Sanidad está bajo la lupa del Síndic de Greuges para determinar si ha modificado su normativa con el objetivo de establecer límites máximos de acceso a la atención médica programada.

VALÈNCIA, 24 Sep.

El Síndic de Greuges ha iniciado una investigación de oficio para examinar el funcionamiento del Servicio de Atención e Información al Paciente (SAIP), unidad dependiente de la Conselleria de Sanidad encargada de brindar atención, información y asesoramiento al público sobre el sistema de salud pública.

El objetivo de la investigación es determinar si la administración ha modificado su normativa para establecer "tiempos máximos" de acceso a la atención médica programada, si se informa a los que presentan quejas sobre los tiempos de espera y posibles alternativas, los criterios utilizados por el personal del SAIP para distinguir entre quejas y reclamaciones, y las medidas para informar a los ciudadanos sobre sus opciones en caso de discrepancia con la Sanidad.

Según informó la Sindicatura en un comunicado, la Orden 6/2018 regula cómo presentar y tramitar sugerencias, quejas y agradecimientos en las instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad. Sin embargo, las respuestas del SAIP que derivan en un procedimiento de queja no son susceptibles de recurso o reclamación ante ninguna administración u órgano judicial.

A pesar de esto, se observa que en algunas quejas recibidas en la institución, las personas que presentan quejas a la Conselleria de Sanidad no reciben información sobre el tiempo máximo de espera, no se les ofrecen alternativas y no se les indican los recursos disponibles en caso de desacuerdo con la decisión o el tiempo de espera.

El Síndic considera que el uso del término "queja" en lugar de "reclamación" puede llevar a quejas que en realidad son reclamaciones, lo que priva a las personas de derechos básicos como recurrir decisiones o ser informados sobre los plazos máximos de los procedimientos. Por lo tanto, es fundamental utilizar correctamente el proceso de queja y limitarlo a casos que realmente sean quejas y no reclamaciones.

Además, la institución considera que las personas que presentan quejas deben ser informadas sobre las alternativas disponibles para expresar su disconformidad, como acudir a la Inspección General de Servicios de la Generalitat.

Por lo tanto, se ha solicitado un informe a la Conselleria de Sanidad para que aclare si la Comunitat Valenciana ha adaptado su normativa para establecer tiempos máximos de espera en la atención médica programada, si se informa sobre los tiempos de espera y alternativas al presentar una queja, los criterios utilizados para distinguir entre queja y reclamación, y las acciones tomadas para informar a los ciudadanos sobre sus opciones en caso de discrepancia, incluyendo la posibilidad de acudir a la Inspección General de Servicios de la Generalitat.