El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha dictado una medida cautelar a favor de una estudiante de El Puig para que reciba una educación bilingüe donde se utilice el castellano como lengua principal en al menos el 25% del horario lectivo.
Esta decisión se tomó mientras se resuelve el recurso interpuesto por el padre de la alumna, el cual fue presentado el pasado mes de febrero.
El tribunal considera que existe una apariencia del buen derecho en este caso específico, por lo que ha ordenado a la Administración valenciana tomar las medidas necesarias para cumplir con esta exigencia.
La resolución no es definitiva y puede ser impugnada en los próximos cinco días.
El padre de la estudiante argumentó que no habría graves perjuicios para el interés general al adoptar esta medida, y que su negativa resultaría en una perturbación grave tanto para él como para terceros.
Por su parte, la Generalitat ha alegado la falta de pruebas de un daño irreparable.
El tribunal ha fundamentado su decisión en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y en el principio del 'fumus boni iuris', resaltando la importancia de evitar la segregación del alumnado.
En este sentido, se ha ordenado que la estudiante y sus compañeros reciban una educación bilingüe de acuerdo con lo establecido en la Ley de plurilingüismo de la Comunitat Valenciana.
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