Sanidad condenada a pagar 192.000 euros a unos padres tras no detectar la taquicardia que causó la muerte de su bebé.
VALÈNCIA, 27 de noviembre.
La Conselleria de Sanidad se verá obligada a indemnizar con un total de 192.854 euros a unos padres que sufrieron la trágica pérdida de su bebé de seis semanas. Este desenlace se debe a la falta de detección de una taquicardia supraventricular durante la larga noche que la pequeña pasó en Urgencias Pediátricas del Hospital La Fe de València, según la reciente sentencia emitida.
La denuncia contra la Consellería fue presentada por los abogados Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre Bello, provenientes de los Servicios Jurídicos de la asociación El Defensor del Paciente, quienes han llevado el caso en nombre de los padres afectados.
La bebé, que nació el 7 de marzo de 2022 en el mismo hospital, fue llevada a Urgencias el 17 de abril, a los seis semanas de edad, después de que su madre notara que presentaba síntomas alarmantes: irritabilidad extrema, debilidad, falta de apetito y llantos intensos. Estos signos fueron erróneamente interpretados, inicialmente, como cólicos del lactante.
Desde el momento de su ingreso, a las 22:16 horas, hasta las 10:00 horas del día siguiente, cuando se hizo cargo otra pediatra, no se tomó la frecuencia cardiaca de la infante ni se registraron nuevamente sus constantes vitales.
Desafortunadamente, la pequeña padecía una taquicardia supraventricular que permaneció indetectada durante toda la noche, provocando una insuficiencia cardíaca que finalmente causó su muerte.
Durante esa misma noche, a las 3 de la madrugada, un médico de Urgencias propuso dar el alta a la bebé, pero la madre se mostró reiterativamente preocupada por el estado de su hija, quien lucía muy adormecida y no se alimentaba adecuadamente.
Fue recién a las 10:00 horas, cuando la nueva pediatra, al observar a la niña desde una cierta distancia, notó algo inusual y, tras realizar una breve auscultación, comprendió que la pequeña estaba en medio de una grave taquicardia.
A partir de ese momento, se movilizó al personal de pediatría y de la UCI, aunque, a pesar de sus esfuerzos, no se logró rescatarla. Algunos especialistas sugieren que un simple paño frío o hielo en el rostro de la bebé podría haber prevenido la fatalidad.
Los abogados de los padres presentaron un informe pericial que, junto con dos informes generados por los Servicios de Inspección de la Consellería de Sanidad, reconocen la negligencia ocurrida en este caso. Según dichos informes,: "El daño, salvo un criterio mayor, se considera efectivo y antijurídico, ya que se redujeron las probabilidades de sobrevivir a una taquicardia supraventricular en una lactante de seis semanas debido al diagnóstico tardío, consecuencia de la falta de una evaluación clínica rigurosa por parte de los médicos en urgencias pediátricas, así como la ausencia de monitorización de constantes por parte del equipo de enfermería de la Unidad de Observación de pediatría, donde se espera un control proactivo de los pacientes".
Los informes previos destacaron que nunca se monitoreó la frecuencia cardiaca de la paciente durante su permanencia en la unidad de observación de urgencias pediátricas, a pesar de que estaba indicado. Además, no se evidencia en la historia clínica que ningún pediatra revisara a la paciente entre las 2:50 y aproximadamente las 9:30 horas. Al momento de su revisión, la frecuencia cardiaca se encontraba entre 285 y 290 latidos por minuto, lo que llevó a solicitar un electrocardiograma que se realizó a las 9:52 horas, confirmando la taquicardia supraventricular (TSVP).
Los informes también aclararon que los niños, sin patología cardíaca asociada, como era el caso de esta bebé, tienen una tasa de recuperación del 99,75% si reciben la atención adecuada en situaciones como estas.
La cantidad de la indemnización fue calculada utilizando el baremo aplicable a accidentes de tráfico. Los abogados de los padres han solicitado un incremento del 25% sobre este monto base, alegando un perjuicio excepcional a la luz de la gravedad de los informes, lo cual aún está pendiente de una sentencia definitiva por parte del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).
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