El Supremo anula el registro de alquiler turístico por competencia estatal
El Tribunal Supremo ha declarado nulo el registro único de alquileres de corta duración establecido en 2024, señalando que el Estado no tiene competencia para regularlo. La decisión afecta a la regulación nacional que entró en vigor en enero de 2025 y que buscaba gestionar los alquileres turísticos en línea.
Este conflicto surge en un contexto donde las comunidades autónomas, incluida la Valenciana, alertan sobre el impacto de estas plataformas en el mercado de vivienda. La regulación española trataba de limitar el uso de plataformas digitales para eludir normativas autonómicas y estatales sobre vivienda y alquileres.
La sentencia del Supremo establece que el Estado carece de competencia para crear un registro que se superpone a los ya existentes en las comunidades autónomas. Solo autorizó la regulación de la ventanilla digital y la transmisión de datos con fines estadísticos, en base a competencias de coordinación y estadística.
Esta resolución tiene implicaciones directas en la gestión del mercado inmobiliario y en la política territorial. La Generalitat Valenciana y otras comunidades podrán mantener sus registros y normativas, reforzando las competencias autonómicas en materia de vivienda y turismo.
Desde un enfoque político, la decisión refleja la tensión entre la gestión autonómica y las competencias del Estado en ámbitos como la vivienda y el turismo. La normativa europea también apuesta por regular esta actividad, pero la sentencia delimita claramente las competencias nacionales.
De cara al futuro, la resolución puede abrir un proceso de revisión normativa y fortalecer el papel de las comunidades en la regulación de alquileres turísticos. La coordinación entre niveles administrativos será clave para abordar los desafíos del mercado inmobiliario y el turismo en España.