Crónica Valencia.

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El Supremo libera a Díaz Alperi en el caso PGOU por prescripción del delito.

El Supremo libera a Díaz Alperi en el caso PGOU por prescripción del delito.

En un nuevo fallo judicial, el Tribunal Supremo ha confirmado la condena al empresario Enrique Ortiz por un delito de cohecho debido al regalo de una chaqueta de marca de lujo a la exalcaldesa Sonia Castedo en la Navidad de 2008. Por otro lado, el exalcalde de Alicante Luis Díaz Alperi ha sido absuelto en el 'caso PGOU', al considerar que el delito de cohecho impropio por el que se le había condenado está prescrito.

La sentencia del alto tribunal ratifica la condena a Enrique Ortiz, mientras que absuelve a Díaz Alperi, tras estimar que el delito por el cual se le había condenado ocurrió en 2008 y el procedimiento en su contra se inició en 2012, superando el plazo de prescripción legal. Esta resolución se refiere a la causa relacionada con la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Alicante llevada a cabo en 2010.

Por su parte, el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por la Fiscalía, confirmando los pronunciamientos absolutorios de la Audiencia Provincial en relación con otros acusados en este caso. La sentencia destaca que no se han modificado los hechos probados y que la condena a Enrique Ortiz ha sido respaldada por pruebas directas e irrefutables sobre el regalo realizado a Sonia Castedo, en su momento alcaldesa de la ciudad.

La decisión del Tribunal Supremo también hace hincapié en la notoriedad de la marca de la chaqueta regalada, así como en la expresión de sorpresa de la destinataria del obsequio. Según la sentencia, este acto extravagante de regalar una prenda de alto valor a una autoridad pública evidencia un comportamiento que excede los límites de la amistad o cortesía, lo que respalda la condena por cohecho impuesta al empresario Ortiz.