El TSJCV pide a la Generalitat revisar la posible sanción por el entierro de una mujer trans con nombre masculino.
VALÈNCIA, 16 de enero.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), a través de su Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo, ha decidido parcialmente a favor de la asociación Euforias Familias Trans Aliadas, instando a la Generalitat a revisar si corresponde imponer una sanción por el sepelio de una mujer trans en Aspe (Alicante), quien fue enterrada con su antiguo nombre masculino.
En una sentencia emitida en diciembre y que ha sido dada a conocer por El Salto, el tribunal reconoce la legitimidad de la asociación Euforias Familias Trans Aliadas para participar en el proceso y presenta argumentos en torno a los derechos del colectivo LGTBIQ+ que merecen ser analizados.
La Generalitat había optado por no iniciar acciones sancionadoras, argumentando que la competencia sobre los cementerios recaía en el ámbito municipal. No obstante, el TSJCV sostiene que el verdadero núcleo de la denuncia es una posible discriminación de género, lo que por ley debería llevar a la Conselleria a asumir la responsabilidad en este caso.
Saúl Castro, abogado de la asociación Euforia, enfatizó ante Europa Press la relevancia de esta sentencia que establece un hito, reconociendo la capacidad de la entidad para apelar decisiones de la administración, defendiendo así los derechos de la comunidad LGTBIQ+.
Castro destacó la problemática de que en situaciones trágicas, como la muerte, a veces los propios familiares no respetan los derechos que debería proteger la sociedad y el sistema legal. Afirmó que sin el esfuerzo de la asociación Euforia, el caso de Daniela habría quedado sin defensa.
El abogado celebró que el tribunal haya accedido a la solicitud que llevan presentando desde hace dos años para que las autoridades valencianas investiguen el acto tránsfobo que contradice su propia normativa.
El conflicto comenzó en junio de 2023, cuando la asociación Euforia presentó una denuncia ante la Dirección General de Igualdad, vinculando a los padres adoptivos de la fallecida, Daniela, por enterrarla con un nombre que no correspondía al su usado en el Registro Civil y utilizando su antiguo nombre masculino en la lápida, así como imágenes de su etapa anterior a la transición.
Además, se acusó al Ayuntamiento de Aspe de no proteger adecuadamente el derecho a la no discriminación, incumpliendo sus obligaciones legales para evitar entierros discriminatorios.
La asociación interpretó que estas acciones podrían constituir infracciones administrativas de la Ley 23/2018 de igualdad de las personas LGTBI en la Comunidad Valenciana.
Sin embargo, en un informe emitido en octubre de 2023, el director general de Diversidad de la Generalitat descartó el inicio de un procedimiento sancionador, argumentando que la normativa sobre enterramientos en cementerios municipales exige una realización de entierros "sin discriminación", y que la responsabilidad competía al Ayuntamiento de Aspe.
En respuesta a este informe, Euforia llevó el caso ante el TSJCV, donde expuso numerosas violaciones de derechos y argumentó que los actos denunciados vulneraban el derecho a la no discriminación por identidad de género, en contraposición con la Constitución y el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La asociación argumentó que la identificación en la lápida con el nombre masculino y las fotografías de Daniela antes de su transición eran una ofensa a su dignidad y memoria.
El tribunal, primero, reconoció el derecho de Euforias a intervenir en el caso, estableciendo una relación directa entre la asociación y el tema tratado en el litigio. Además, concluyó que corresponde a los organismos competentes en este ámbito iniciar y resolver procesos sancionadores, remarcando que esta situación demanda la aplicación de una normativa específica por ser un caso de discriminación por género.
Asimismo, el tribunal determinó que correspondía a la Subsecretaria de la Dirección General competente investigar posibles hechos discriminatorios por orientación sexual, identidad de género y otros aspectos relacionados, otorgándole la facultad para dar inicio al procedimiento sancionador.
De esta forma, el TSJCV aceptó parcialmente la solicitud de Euforia y revocó la decisión de la Conselleria, remitiendo el caso a la autoridad competente para determinar si corresponde abrir o no un expediente sancionador.
En relación a esta resolución, desde la Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, han destacado que corresponde a un procedimiento que se originó en el anterior mandato del Botánic, a raíz de una denuncia presentada en junio de 2023. Actualmente, dicho departamento está implementando una revisión del expediente con el fin de evaluar si existieron actos discriminatorios.
El portavoz de Compromís en Políticas LGTBI, Francesc Roig, se ha manifestado lamentando que, a pesar de que Daniela logró legalizar su nombre, fue enterrada con su antiguo nombre masculino, pidiendo responsabilidades políticas por la falta de acción de la Generalitat ante denuncias de entidades defensoras de los derechos trans.
Roig afirmó que desde Compromís continuarán abogando por la defensa de los derechos recortados y la aplicación rigurosa de las normativas vigentes, y se comprometió a trabajar para acabar con un gobierno que considera transfóbico.
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