VALÈNCIA, 30 de enero. En una reciente resolución judicial, Ignacio Jordà, más conocido en el ámbito del entretenimiento para adultos como Nacho Vidal, ha sido sentenciado a abonar una multa de 8.100 euros. Este fallo se produce tras ser hallado culpable de conducir sin licencia y bajo los efectos de sustancias narcóticas en la ciudad de València.
De acuerdo con el contenido de la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), un Juzgado de lo Penal ha determinado que el exactor debe enfrentar las consecuencias de dos delitos que atentan contra la seguridad vial. Como parte de las sanciones impuestas, se le ha prohibido el derecho a conducir tanto vehículos a motor como ciclomotores durante un período de dos años.
El incidente que llevó a esta condena tuvo lugar el 3 de octubre de 2020, cuando Nacho Vidal fue detenido en la Avenida Ausiàs March de València por autoridades de la Policía Local y la Policía Nacional. Su conducción errática, marcada por una velocidad anormalmente baja y movimientos zigzagueantes, puso en grave riesgo la seguridad en la vía, llegando a estar a punto de provocar varios accidentes, según los hechos probados en la sentencia, que permite su apelación ante la Audiencia.
Los agentes intervinientes en el caso notaron diversos indicios que sugerían que el conductor había consumido drogas. Entre los síntomas detectados se incluían una des conexión evidente con su entorno, dificultad para comunicarse, una mirada perdida y problemas significativos para mantener el equilibrio, lo que se tradujo en caídas imprevistas en el lugar de los hechos.
La resolución judicial sostiene que la capacidad del procesado estaba “mermada” debido al consumo previo de GHB, una droga sintética también conocida como ácido gammahidroxibutírico o éxtasis líquido. Esta información fue corroborada por un análisis de sangre al que se sometió de manera voluntaria más tarde esa misma tarde.
El tribunal ha calificado su conducta como un delito contra la seguridad vial por manejar un vehículo motorizado bajo la influencia de sustancias tóxicas. En consecuencia, se le ha impuesto una multa que abarca un plazo de nueve meses, junto a una cuota diaria de 10 euros, además de la mencionada privación del derecho a conducir durante dos años.
Es relevante destacar que, en el momento de la detención, Nacho Vidal no poseía un carné de conducir válido, dado que había sido anulado previamente a raíz de otra sentencia dictada el 29 de junio de 2020, en la que se le había prohibido conducir por haber agotado los puntos de su licencia. Esta reincidencia ha llevado al juez a considerar una agravante para este segundo delito, resultando en una multa adicional que se extiende por un año y medio a una cuota diaria de 10 euros.
No obstante, la sentencia aclara que la situación médica de un agente que sufrió lesiones al intentar controlar al conductor no está directamente relacionada con los hechos que dan base a esta condena, por lo que el actor ha sido eximido del pago de cualquier responsabilidad civil que el policía afectado pudiera haber reclamado.
Tags:
Categoría:
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.