En un episodio de creciente tensión política, el exministro José Luis Ábalos se presentó esta mañana en el Tribunal Supremo de Madrid, donde se decidirá su futuro ante la demanda de prisión que han interpuesto varias acusaciones populares, encabezadas por el Partido Popular. La controversia gira en torno a presuntas irregularidades en contratos de mascarillas que fueron adjudicados por el Ministerio de Transportes durante la crisis sanitaria del COVID-19.
Ábalos arribó al alto tribunal puntualmente a las 9:12, entrando por la conocida calle Marqués de la Ensenada, donde lo aguardaban numerosos periodistas. Con una pequeña mochila al hombro y sin hacer comentarios ante la prensa, se dirigió a la audiencia que determinará si debe enfrentar prisión preventiva.
El juez Leopoldo Puente convocó a Ábalos tras las solicitudes formuladas tanto por la Fiscalía Anticorrupción como por las acusaciones populares, quienes han pedido revisión de las medidas cautelares impuestas, que incluyen la retirada del pasaporte y la obligación de presentarse en el juzgado cada quince días.
En sus alegatos, las acusaciones insisten en que existen fundamentos sólidos para solicitar la prisión provisional de Ábalos y de su coacusado Koldo, al considerar que hay "indicios racionales de criminalidad" y que la gravedad de los posibles castigos justifica dicha solicitud.
En concreto, la Fiscalía ha solicitado una pena de 24 años de cárcel para Ábalos y 19 años y medio para Koldo, derivadas de múltiples cargos que abarcan desde la pertenencia a una organización criminal hasta el uso de información privilegiada. Además, se les exige el pago de una multa que rondaría los 3,9 millones de euros.
Las acusaciones populares han ido más allá, demandando penas de hasta 30 años para ambos implicados, sumando a los mencionados delitos de la Fiscalía otros como prevaricación y falsedad documental.
Dado el contexto, las acusaciones recalcan la necesidad de una prisión preventiva, argumentando que esta medida es "adecuada, necesaria y proporcionada" para evitar que los acusados puedan eludir la justicia antes del juicio.
El juez Puente, respondiendo a la situación legal que enfrentan Ábalos y Koldo, indicó que conforme al artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las acusaciones tienen la facultad de solicitar la adopción o modificación de medidas privativas de libertad en casos que lo justifiquen. Sin embargo, advirtió que cualquier cambio en las medidas cautelares solo puede ser llevado a cabo a instancias de las acusaciones y después de escuchar a todas las partes en la comparecencia.
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