Crónica Valencia.

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"El Supremo confirma condenas de hasta 15 años a la trama Gürtel por corrupción en visita papal a Valencia."

El Tribunal Supremo ha decidido confirmar la sentencia de la Audiencia Nacional sobre el caso 'Gürtel' en relación a la visita del Papa a Valencia en el año 2006. Esta decisión afecta a los 19 acusados que fueron condenados en una pieza separada por su implicación en el caso. Entre los acusados se encuentra el cabecilla de la trama, Francisco Correa, quien recibió una condena de 13 años y 7 meses, y su número dos, Pablo Crespo, quien fue condenado a 15 años y 5 meses.

La sentencia consideró comprobada la existencia de una estructura societaria creada por Correa para obtener adjudicaciones ilegales de contratos de distintas administraciones y entidades públicas. En concreto, se confirmó la organización y funcionamiento del llamado 'Grupo Correa' en Valencia durante los años 2004 a 2008, así como las actuaciones previas que se llevaron a cabo para obtener la adjudicación de contratos públicos.

Una de estas actuaciones tenía como objetivo conseguir la adjudicación ilícita del contrato de suministro en régimen de alquiler de pantallas y sonorización para el evento de la visita del Papa en 2006. Para ello, se llevaron a cabo negociaciones con el entonces Conselller de Agricultura, Juan Cotino, con el fin de conseguir la adjudicación del contrato para una empresa pantalla llamada TECONSA.

La Audiencia Nacional confirmó que varios de los acusados decidieron llevar a cabo este contrato de suministro de forma indirecta a través del ente público RTVV, en favor de la empresa pantalla TECONSA, que subcontrató con la empresa Impacto Producciones, algo que estaba prohibido. Como consecuencia, la sentencia condenó a 19 de los 23 acusados por diferentes delitos como la prevaricación, malversación, fraudes a la administración, falsedad en documento oficial, blanqueo de capitales y delitos contra la Hacienda Pública.

Siete de los condenados recurrieron la decisión de la Audiencia Nacional, pero esta apelación fue rechazada por el Tribunal Supremo, que ratificó íntegramente la decisión de la Audiencia Nacional.