El TS aprueba a Ingenieros Superiores de Caminos pre-Bolonia en oposiciones de Ingenieros de Obra Civil.
La sección cuarta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha dictaminado que los Ingenieros Superiores de Caminos pre-Bolonia pueden presentarse a las oposiciones para el Cuerpo Superior de Gestión en Ingeniería Técnica de Obras Públicas, lo que supone un cambio significativo en la política de la Consellería que hasta ahora los había excluido de los procesos selectivos para técnicos.
La resolución se ha tomado a raíz del recurso presentado por una mujer que aprobó las oposiciones para el Cuerpo Superior de Gestión en Ingeniería Técnica de Obras Públicas, pero que fue excluida por no tener el título requerido, aunque sí poseía el título de Ingeniería Superior de Caminos, Canales y Puertos y había cursado todas las asignaturas de la ingeniería técnica de obra civil. La sentencia crea jurisprudencia y va a favorecer que los Ingenieros Superiores de Caminos pre-Bolonia puedan acceder a este cuerpo técnico en el futuro.
La Administración valenciana convocó el concurso oposición para ingresar en el Cuerpo Superior de Gestión en Ingeniería Técnica de Obras Públicas, en el que se exigía poseer el antiguo título de Ingeniería Técnica en Obras Públicas o bien el título universitario de Grado. La recurrente ostentaba el título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y lo superó, pero fue excluida por considerar que incumplía el requisito de titulación exigido en las bases.
El Alto Tribunal ha estimado el recurso presentado por la mujer al considerar que la exclusión de los titulados pre-Bolonia es injustificada y desproporcionada, ya que tienen un nivel equiparable a los de post-Bolonia en términos de MECES y EQF. Además, se remite a los acuerdos del Consejo de Ministros de diciembre de 2008, que establecen que los planes de estudios de Grado y Máster para cada profesión regulada no sean inferiores a 240 y 300 créditos europeos, respectivamente. Por todo ello, el TS ha ordenado que se adjudique a la recurrente el puesto que le corresponda en el Cuerpo Superior de Gestión en Ingeniería Técnica de Obras Públicas, con efectos del 1 de septiembre de 2020.
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