Crónica Valencia.

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Jueza desestima testimonios de Rufián y padres de niña fallecida: "No tiene sentido".

Jueza desestima testimonios de Rufián y padres de niña fallecida:

VALÈNCIA, 19 de diciembre.

En un reciente giro del caso que investiga la gestión de la DANA en la localidad de Catarroja (Valencia), la jueza a cargo de la plaza 3 del Tribunal de Instancia ha decidido rechazar la petición formulada por una acusación particular. Esta solicitud pedía que Gabriel Rufián, portavoz de ERC en el Congreso, testificara sobre las circunstancias de la entrega de un trozo de cuerda que mostró durante la comparecencia de la exconsellera de Interior, Salomé Pradas, quien es objeto de investigación en este caso.

Durante la comparecencia, Rufián se acercó a Pradas con un fragmento de cuerda que, según su relato, pertenecía a una niña de origen chino que falleció en el trágico suceso de la barrancada. Este trozo de cuerda le fue entregado por los familiares de la víctima con la intención de que llegara al expresidente valenciano Carlos Mazón, aunque, por olvido, Rufián lo dejó sobre la mesa de la exconsellera.

La jueza ha considerado innecesario llamar a Rufián como testigo, argumentando que el sufrimiento de la familia de la menor y las condiciones de su muerte son ya ampliamente conocidos. En su resolución, señala que los padres de la niña, que tenía 11 años, ya testificaron ante el juzgado y no precisan declarar de nuevo.

En el auto emitido este viernes y difundido por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), la magistrada Nuria Ruiz Tobarra explicita que los padres no requieren participar de nuevo en el proceso legal: "No se necesita hacerles volver a relatar lo sucedido, esto sería perjudicial para ellos". Además, subraya que el fundamento de la atención hacia el trozo de cuerda no es relevante para entender las circunstancias de la muerte de la menor, ya que su cuerpo fue encontrado y los hechos han sido debidamente documentados.

Ruiz Tobarra fue contundente al afirmar que los padres no tienen la obligación de recordar lo que sucedió durante la DANA. "No hay ningún indicio que sugiera que hubiera alguna información que pudiera haber salvado a su hija", sentenció la magistrada.

La jueza también desestimó la solicitud de la acusación de incorporar a la causa el testimonio completo de Salomé Pradas, ya que se había descartado en resoluciones anteriores la posibilidad de mezclar diferentes tipos de declaraciones, las cuales provienen de escenarios judiciales distintos.

La magistrada manifestó que este testimonio no aportaría nuevos elementos al caso ni a la investigación sobre la trágica muerte de la menor. Añadió que los familiares ya cuentan con representación legal y forman parte de una asociación de víctimas que se ha personado en la causa.

Sobre la demanda de que Rufián sea llamado a declarar, la jueza señaló que esta práctica es válida únicamente en situaciones donde existan indicios claros de delito, algo que no se ha demostrado en este contexto respecto al político catalán.

Finalmente, la magistrada descartó otras peticiones relacionadas con la evidencia, como la inclusión del trozo de cuerda en las pruebas materiales o la realización de peritajes sobre sus características físicas, afirmando que no hay necesidad de tal análisis para esclarecer cómo falleció la menor. "La causa ya está debidamente documentada y no se requiere corroborar la evidencia de maneras innecesarias", concluyó.