Crónica Valencia.

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El TS rechaza la suspensión de caudales ecológicos del Tajo solicitada por la Generalitat.

El TS rechaza la suspensión de caudales ecológicos del Tajo solicitada por la Generalitat.

El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de la Generalitat Valenciana de suspender cautelarmente el escalonamiento de los caudales ecológicos del Tajo, establecidos en el Real Decreto 35/2023 para los años 2026 y 2027. El alto tribunal considera que esto no afecta a la finalidad legítima del recurso que el Gobierno autonómico ha presentado contra el Real Decreto, que ha sido objeto de un recurso contencioso administrativo.

La Generalitat Valenciana había pedido la suspensión del escalonamiento de los caudales ecológicos mientras se resuelve su recurso, pero el Tribunal Supremo ha explicado que la Graneralitat no recurre el primer escalón, que es aplicable de forma inmediata hasta el 31 de diciembre de 2025. El Supremo también ha rechazado que la suspensión afecte a la finalidad legítima del recurso o a la efectividad de la sentencia que pueda dictarse en el futuro.

El Tribunal Supremo también ha explicado que no existen razones que justifiquen la suspensión desde la perspectiva de la apariencia de buen derecho, y recuerda que ese criterio debe ser aplicado con prudencia, ya que supone un pronunciamiento sobre el fondo del litigio en los momentos iniciales del proceso. La Sala también ha destacado que el criterio solo se ha aplicado en casos en los que los vicios de nulidad son manifiestos.