 
                                        VALÈNCIA, 24 de octubre. La Fiscalía Provincial de Valencia se opone a la solicitud de archivar el caso contra la exconsellera de Interior de la Generalitat, Salomé Pradas, en relación con la gestión de la dana. La Fiscalía argumenta que la responsabilidad en la dirección del plan de emergencia recaía sobre ella, dado que no se había declarado un interés nacional en dicha situación.
La jueza de Catarroja ha recibido recientemente el informe del Ministerio Público, que solicita la desestimación del recurso de apelación presentado por el equipo legal de Pradas. Este recurso buscaba anular un auto del 3 de octubre de 2025, que ya desestimó el archivo del caso, según la información proporcionada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
En el documento del fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, se presentan diversos argumentos que rebatirían lo expuesto por la defensa de Pradas. Además, se aportan complementos a los razonamientos legales argumentados por la jueza, que se refieren a la responsabilidad de la investigada en la posible comisión de delitos de homicidio y lesiones por omisión.
El fiscal recuerda que la emergencia del Plan Especial ante inundaciones en la Comunidad Valenciana comenzó el 29 de octubre de 2024 a las 07:45 horas, cuando se activó la alerta meteorológica por lluvias. Esta alerta incluyó niveles rojo y naranja en diferentes partes del litoral y el interior, que indican una amenaza climática severa.
La información meteorológica alertaba de precipitaciones intensas en el sur de Valencia, con acumulaciones esperadas que podrían alcanzar los 40 mm en una hora y hasta 150 mm en 12 horas. A las 10 de la mañana, la alerta se amplió a un nivel rojo debido a la gravedad de la situación en todo el litoral e interior norte.
Más tarde, continuando su relato, el fiscal señala que a las 11:45 se declaró una emergencia 0 por alerta hidrológica en el río Magro, seguida de otra declaración similar en la Rambla del Poyo a las 12:20. Ya a las 14 horas, se declaró la situación de emergencia 1 por inundaciones, que posteriormente se elevó a la situación 2 en la comarca de Utiel-Requena.
El fiscal también puntualiza que estas situaciones de emergencia se produjeron tras una fase de preemergencia, cuyo propósito era evaluar el nivel de riesgo y su evolución. Para ello, el Centro de Coordinación de Emergencias realizó rondas de seguimiento con otros servicios y organismos para recopilar información sobre las condiciones meteorológicas y los niveles en los ríos.
Entre sus responsabilidades, dicha preemergencia incluía la evaluación de los registros de la red SAIH, la comunicación periódica con los organismos involucrados y la recopilación de datos cruciales sobre la situación real en la Comunitat Valenciana.
La Fiscalía destaca que, el 29 de octubre, el CCE convocó al Cecopi a las 17:00 horas y subraya que la dirección del plan, al no haberse declarado un interés nacional, era competencia de Salomé Pradas, como titular de la Conselleria de Protección Civil.
Dentro de sus funciones, Pradas debía determinar las medidas de protección necesarias para la población, así como asignar los recursos humanos y materiales requeridos en función de la emergencia, estableciendo prioridades y comunicando la información relevante a los medios de comunicación.
Finalmente, el fiscal aclara que, para cumplir con estas funciones, Pradas tenía a su disposición un comité de expertos que incluía a profesionales de diversas áreas relacionadas con la gestión de emergencias, lo que le permitiría obtener información fundamental para abordar la crisis de manera efectiva.
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